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6.Oct.2017 / 10:32 am / Haga un comentario

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Tal como lo establece la Ley Orgánica de Procesos Electorales, los partidos políticos pueden contar con un representante como testigo de mesa en un proceso comicial, y a tales fines, debe ser debidamente acreditado ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Y así se debe cumplir para el próximo proceso pautado en el país: las elecciones de gobernadores. Es por ello que el Poder Electoral dio inicio este jueves a la acreditación de testigos, procedimiento que se llevará a cabo hasta el 14 de este mes, un día antes de la jornada comicial.

Acreditaciones a los ciudadanos y ciudadanas

“Son las ciudadanas designadas y ciudadanos designados por las organizaciones con fines políticos nacionales y regionales, que mediante su representación garantizan y dan fe del buen desenvolvimiento y desarrollo de un proceso electoral”, indica el artículo 446 de la mencionada ley, y de esta manera se ha cumplido en las 22 elecciones realizadas en los últimos 18 años.

Los testigos, tanto los principales como los suplentes, serán acreditados ante las juntas regionales, municipales y parroquiales electorales, para lo cual deberán llenar las planillas dispuestas en el portal web del CNE.

“Ninguna credencial que no esté debidamente sellada y firmada por la presidenta del Consejo Nacional Electoral y por la Junta Electoral correspondiente tendrá validez”, detalla el ente comicial.

Texto: Con Información de Prensa Mippci / AVN.

 

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